LAS ELECCIONES PRESIDENCIALES DE UD TELDE PUEDEN SER IMPUGNADAS

  • A LA PAR QUE SE DABAN A CONOCER EL NOMBRE DE LOS DOS CANDIDATOS UN SOCIO DE LA ENTIDAD AZULONA ADVERTÍA DE EMPRENDER  ACCIONES LEGALES DE NO PARARSE EL PROCESO ELECTORAL

Kiko Tarrasa

El pasado lunes 2 de julio finalizaban la presentación y admisión de candidaturas a la presidencia de la UD. Telde. Hasta ese instante tan solo dos socios de la entidad eran los que presentaban la candidatura.

De un lado Luis Macías, hombre conocido en la entidad por su trayectoria dentro del club y por otro lado Santiago Pérez, todo parecía que entre ellos estaría la lucha por la presidencia.

  • EL TERCER SOCIO.

ASAMBLEA UD TELDE

Aunque el proceso electoral lleva la marcha programada en el calendario, un socio de la entidad considera que las cosas no se viene haciendo como está estipulado en los estatutos de la UD Telde, solicitando que  se “declare la nulidad del proceso y vuelva a convocarse a la Asamblea General de Socios, iniciándose nuevamente la totalidad del procedimiento y con las correcciones oportunas”.

Alguna de las correcciones a las que alude este socio  se encuentran en la “Publicación del Censo donde según reseña en su escrito deben estar incluidos todos los socios”  así como que «no se diera lectura de la imprescindible Normativa Reguladora del Proceso Electoral”.

Dicho  documento que quiso entregara y que aquí les mostramos,  indica todo lo que él considera incorrecto  a la Junta Electoral y que según él no le fue recogido por dicha Junta

Puesto en contacto con un representante de la directiva saliente, nos indicaba que su versión difería de la ofrecida por el socio que considera que el procedimiento no se está realizando de la forma adecuada.

  • TEXTO A/A. SR. PRESIDENTE DE LA JUNTA ELECTORAL DE LA UNIÓN DEPORTIVA TELDE.

En mi condición de socio de la Unión Deportiva Telde, me dirijo a la Junta Electoral a fin de indicar lo siguiente:

PRIMERO.- Considerando que en fecha 21 de junio de 2018, siendo las 20:00 Horas, se celebró una Asamblea General Extraordinaria de Socios/as de la Unión Deportiva Telde, con la asistencia de socios y medios de comunicación, comenzando a las 20:06 Horas y concluyendo a las 20:27 Hrs.  

SEGUNDO.- Considerando que según consta en el orden del día de la referida convocatoria, los puntos que se debían exponer para su aprobación o no, cito textualmente, son los siguientes: 

SANTIAGO PÉREZ

ORDEN DEL DÍA

1º.- Presentación y Aprobación, si procede, de la Formativa del Proceso Electoral y Calendario Electoral.

2º.- Elección de la Junta Electoral.

3º.- Comienzo de campaña 2018/19 y Equipo Regional Femenino UD. Telde.

TERCERO.- Considerando que no se procedió a la lectura de la imprescindible Normativa Reguladora del Proceso Electoral, y por consiguiente no pudo ser aprobada, no puede entenderse iniciado proceso alguno, al ser ésta una parte inherente del proceso en sí, y condición sine qua non para la oportuna ejecución del mismo. 

CUARTO.- Considerando que la exposición del censo de socios no se ajusta a lo establecido en el Artículo 31, Nº. 4, Letra A de los Estatutos de la Unión Deportiva Telde, que dice textualmente “Publicación del Censo incluyendo TODOS LOS SOCIOS DE NÚMERO en los términos y condiciones previstos en el apartado 2”. 

QUINTO.- Considerando, por consiguiente, que no se ha incluido mi nombre , apellidos y número de socios en el referido Censo de la Entidad, independientemente que no me encuentre actualmente al corriente con las obligaciones con la Entidad, cuestión que tampoco me ha sido reclamado por ninguna vía en ningún momento.

LUIS MACIAS

SEXTO.- Considerando que el desaparecido Presidente, D. Liberto Cabrera Garavito falleció en fecha 09 de diciembre de 2017, el plazo de seis meses para convocar elecciones, de conformidad con lo establecido en los Estatutos de la Unión Deportiva Telde, expiró el pasado 09 de junio de 2018, habiéndose convocado las Elecciones en fecha 21 de junio de 2018, incumpliéndose por tanto lo indicado en los Estatutos de la Entidad. 

FUNDAMENTOS

PRIMERO.- El Artículo 10, Letra G de los Estatutos de la Unión Deportiva Telde, regulador de los derechos y deberes de los/as socios/as, dice textualmente “Ser elector o elegible a los órganos directivos del Club, siempre que haya cumplido al menos seis meses ininterrumpido como socio de número, inmediatamente anterior a la convocatoria del proceso electoral y esté al corriente en sus obligaciones con la Entidad”.

SEGUNDO.-, regulador de la pérdida de la condición de socio,  dice textualmente El Artículo 9, Letra B de los Estatutos de la Unión Deportiva Telde ente “Por falta de pago de las cuotas sociales ordinarias o extraordinarias establecidas, previo requerimiento expreso al afectado en expediente contradictorio o de carácter disciplinar”.

TERCERO.- El Artículo 31, Letra Número 2 de los Estatutos de la Unión Deportiva Telde, regulador del régimen electoral y moción de censura, dice textualmente “Serán electores en las elecciones a la Presidencia del Club todos los socios de número del club, no sujetos a sanción disciplinaria de inhabilitación y que estén al corriente de las cuotas sociales”.

CUARTO.- El Artículo 31, Número 4, Letra B de los Estatutos de la Unión Deportiva Telde, regulador del régimen electoral y moción de censura, dice textualmente “El calendario electoral habrá de contener las siguientes fases y no superar los cuarenta y cinco días (45) naturales. A) Publicación del censo INCLUYENDO TODOS LOS SOCIOS DE NÚMERO EN LOS TÉRMINOS PREVISTOS EN EL APARTADO 2 DE ESTE ARTÍCULO.

QUINTO.- El Artículo 20, Número 3, de los Estatutos de la Unión Deportiva Telde, dice textualmente “Las elecciones se celebrarán ordinariamente cada cuatro años y extraordinariamente en el plazo de SEIS meses, por dimisión o fallecimiento del Presidente.

Por cuanto ha quedado expuesto y en virtud de los Derechos que amparan a los socios conforme a los Estatutos de la Unión Deportiva Telde, considero que este procedimiento, extemporáneo, no se ajusta a derecho y no se ha llevado a cabo de conformidad con lo establecido en los Estatutos, al no haberse realizado la convocatoria de elecciones dentro del plazo de seis meses establecido estatutariamente, además de procurar un incumplimiento que ha generado un retraso considerable en la organización de la temporada 2018/19 y que ha propiciado la marcha de jugadores ante la inestabilidad institucional del Club.

En lo que respecta a los socios/as del club, entre los cuáles me incluyo como parte afectada, no se ha llevado a cabo la previa exposición ni lectura de la Normativa reguladora del Proceso Electoral, por lo que desconocemos por completo desde el principio la manera en que se debe regir este proceso, sin que Ueda considerarse iniciado procedimiento alguno dado que la normativa referida es parte inherente del procedimiento y, por consiguiente, condición sine qua non para que éste pueda darse por válido, así como iniciarse y llevarse a efecto.

Por otra parte, resulta cuanto menos inquietante el hecho de que no se exponga el censo de socios conteniendo todos los socios de número de la Entidad, independientemente de que se encuentren al corriente con las obligaciones del Club o cuotas sociales, o no, puesto que, como se ha efectuado en anteriores procesos electoral y se ajusta a lo establecido en los estatutos de la Entidad, cualquier socio puede ponerse al corriente con sus obligaciones y ejercer su derecho al voto el mismo día de la votación, lo que nos parece una incongruencia manifiesta, además de un absoluto incumplimiento de los Estatutos de la Entidad, vulnerando de manera flargrante los derechos de los Sres. Socios del Club.

Por cuanto queda expuesto, siendo el inicio y desarrollo de este proceso contrario a lo establecido en los Estatutos de la Unión Deportiva Telde, y suponiendo además un flagrante vulneración de los, me dirijo al Sr. Presidente de la Junta Electoral de la Unión Deportiva Telde para que en si virtud, en fiel cumplimiento con los Estatutos de la Entidad, y en obediencia a las obligaciones del cargo que voluntariamente ha aceptado y cuyas funciones quedan reguladas estatutariamente, SOLICITO:

PRIMERO.- Que por cuanto queda expuesto, y de conformidad con lo establecido en los Estatutos de la Unión Deportiva Telde, le INSTO a la Junta Electoral que Vd. Preside, declare la nulidad del proceso  vuelva a convocarse a la Asamblea General de Socios, iniciándose nuevamente la totalidad del procedimiento y con las correcciones oportunas, puesto que éste puede ser declarado nulo de pleno derecho.

SEGUNDO.- Indicamos que en caso de no ser declarada la nulidad de este procedimiento, nos reservamos el derecho de emprender cuantas acciones legales sean oportunas y convenientes con el único objetivo de garantizar el legal y justo desarrollo de este proceso electoral.

Todo lo cual se pide en la Ciudad de Telde, en fecha 04 de julio de 2018.

 

 

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